Por medio de la cual se declara al trabajador bananero, al campesino platanero y a la producción bananera y platanera y a la cultura gastronómica asociada al plátano y al banano como patrimonio cultural, inmaterial, alimenticio y nutricional de la nación
La presente ley reconoce los saberes, conocimientos y técnicas comunitarias asociadas a la cultura culinaria del banano y plátano como patrimonio cultural inmaterial de la nación. Autoriza al Ministerio de Cultura a iniciar el proceso de postulación a la lista representativa de patrimonio cultural e inmaterial, seguido por el desarrollo del Plan Especial de Salvaguardia, en concordancia con la normativa vigente.