Por medio del cual se modifica el artículo 9 de la ley 152 de 1994, se integra un representante de las personas en situación de discapacidad al consejo nacional de planeación y se dictan otras disposiciones
La ley modifica el artículo 9 de la Ley 152 de 1994, que establece la conformación del Consejo Nacional de Planeación. Ahora, el Consejo estará integrado por representantes de entidades territoriales, sectores económicos, sectores sociales, sector educativo y cultural, sector ecológico, sector comunitario, indígenas, minorías étnicas, mujeres y personas en situación de discapacidad.